San José, 20 nov (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró parcialmente un recurso de constitucionalidad interpuesto por el empresario Juan Carlos Bolaños contra el Ministerio de Hacienda.
En la resolución N° 2023029754, de 17 de noviembre de 2023, se ordena al Ministro de Hacienda, Nogui Acosta, dar respuesta a los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 de la gestión propuesta por el recurrente el 7 de octubre. de 2019, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.
Las preguntas que debe responder Hacienda son:
1. ¿Su Ministerio está aplicando la Ley 6849 “Impuesto al Cemento” o ha dejado de aplicarla en algún momento?
2 ¿Existen circulares o lineamientos de Administraciones anteriores o actuales en el Ministerio de Hacienda o sus departamentos que varíen o modifiquen la plena y real aplicación de la Ley 6849 “Impuesto al Cemento”?
3. ¿La Dirección General de Finanzas ha procedido a sellar, identificar y supervisar los libros de facturas, el libro registro de producción y ventas de cada una de las cementeras nacionales (sic), tal como lo indica el artículo 5 de la citada Ley 6849 “Impuesto al Cemento”? (fue parcialmente atendido)
4. ¿Cuenta el Ministerio de Hacienda con un registro fiel y confiable de los libros que han sido sellados y supervisados semestralmente por la Dirección General de Hacienda desde la aplicación de la Ley 6849 “Impuesto al Cemento” y hasta la fecha de la presente?
5. ¿Tiene el Ministerio de Hacienda un registro de la producción nacional de cemento en nuestro país de la empresa Holcim Costa Rica SA?
6. ¿Tiene el Ministerio de Hacienda un registro de la producción nacional de cemento en nuestro país de la empresa Cemex de Costa Rica SA?
8. ¿Indique (sic) el período exacto durante el cual se ha aplicado la Ley 6849 “Impuesto al Cemento” e indique en qué (sic) período exacto esta ley no ha sido aplicada por el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Hacienda?

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